En la ciudad turca de Usak, un hombre fue declarado culpable de falta grave por un tribunal y condenado a indemnizar a su esposa por guardar su contacto con el apodo de 'gordita' en su agenda telefónica, recogen medios locales.
Según se informa, el expediente se tramitó en el marco de una demanda de divorcio de mutuo acuerdo presentada ante un juzgado de familia local. La mujer solicitó el divorcio, afirmando que la unión se había visto gravemente afectada, mientras que el hombre presentó una contrademanda acusándola de adulterio.
Durante la investigación judicial, se evaluaron pruebas referidas a insultos, humillaciones y presiones económicas que el marido presuntamente ejercía sobre la esposa. En particular, el hecho de que ella estuviera agendada como 'gordita' en el directorio telefónico de él fue calificado de "comportamiento degradante".
En este sentido, el tribunal consideró que el hombre había cometido una falta grave y lo sentenció a pagarle una indemnización tanto por daños materiales como morales a su ex. Posteriormente, el Tribunal Supremo confirmó el fallo y entendió que esa conducta "era perjudicial para la unión matrimonial".
Asimismo, en el veredicto se describió el apodo como "comportamiento humillante que puede dar a lugar a la degradación de la persona no solo en su vida privada, sino también en el ámbito social".